El Acoso Psicológico en el trabajo se define como “exposición a conductas de violencia psicológica, dirigidas de forma reiterada y prolongada en el tiempo hacia una o más personas por parte de otra/s que actúa/n frente aquella/s desde una posición de poder (no necesariamente jerárquica). Dicha exposición se da en el marco de una relación laboral y supone un riesgo importante para la salud”.
No tenemos datos científicos sobre la incidencia específica de los problemas psicosociales en orquestas, bandas profesionales y centros educativos musicales. Sabemos que por el tipo de actividad la mayoría de los problemas de salud laboral en orquestas, bandas profesionales y centros educativos son psicosociales y ergonómicos.
Es fundamental vigilar de manera preventiva las conductas entre los componentes de una educación musical así como promover la buena comunicación y valores basados en el respeto personal y profesional.
Tener un organigrama claro con las funciones de cada puesto, es vital. Desgraciadamente los convenios colectivos, los regímenes disciplinarios de las entidades musicales están copiadas de otras que la mayoría de veces no tienen nada que ver con la actividad musical.
Dejar claras las funciones del director, solistas, administración o jefes de departamento etc… así como el ámbito en el que pueden y deben hacer uso de ellas es fundamental. El lugar y forma en el que hablar de cualquier tema (especialmente de la aptitud o actitud de otro miembro del colectivo) es tan importante como el quien puede y debe hacerlo.
No es saludable hablar del nivel profesional de otros miembros, a no ser que sea en un ámbito previsto para ello.No debería de estar aceptado por los miembros del colectivo.
Es muy importante que no se permitan actitudes de menos precio o conductas tendentes a aislar a ningún miembro del colectivo.
Es fundamental realizar formación en cursos tendentes a mejorar la comunicación entre los miembros del colectivo. Cada colectivo debería de tener elaborados los valores, la misión y visión del mismo. De esta forma cada nueva incorporación de un nuevo profesional recibiría esta información que le ayudaría a situarse en la atmósfera moral y profesional en el que se realiza la tarea profesional en la institución en la que acaba de incorporarse.
El acoso laboral es un grave problema de salud laboral y sus efectos en tanto son causados en el marco de una relación laboral se consideran responsabilidad del empleador. La Ley de prevención de riesgos laborales, tiene por objeto la determinación de unas garantías y responsabilidades precisas para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo.
El artículo15 de dicha Ley dice:
1. El empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención previsto en el artículo anterior, con arreglo a los siguientes principios generales:
a) Evitar los riesgos.
b) Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
c) Combatir los riesgos en su origen.
d) Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en paticular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.
e) Tener en cuenta la evolución de la técnica.
f) Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
g) Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.
h) Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
i) Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.
Los factores de riesgos psicosociales se definen como aquellas condiciones presentes en una situación laboral directamente relacionadas con la organización del trabajo y su entorno social, con el contenido de trabajo y la realización de la tarea y que se presentan con capacidad para afectar el desarrollo del trabajo y la salud (física, psíquica o social) del trabajador. Así, unas condiciones psicosociales adversas están en el origen tanto de determinadas conductas y actitudes inadecuadas en el desarrollo del trabajo como de determinadas consecuencias perjudiciales para la salud y para el bienestar del trabajador.
Se sabe que en general los acosadores tienden a instalarse en puestos y órganos en los que pueden fiscalizar y controlar la labor de sus compañeros y así proteger que ellos no son evaluados. Esto no significa que todos aquellos músicos que ocupan puestos en comisiones artísticas, comités de empresa, inspector etc. en orquestas y bandas, ó en equipos directivos, departamentos en centros docentes de música puedan acosar a sus compañeros. Pero sí es cierto que se debe vigilar que no se utilizan estos puestos para vigilar o fiscalizar la labor de los demás.
Además es mucho más saludable para el colectivo que a estos roles se acceda por procesos democráticos y no por la categoría profesional únicamente o por designación del superior.
El equilibro de poder en una orquesta o banda entre gerencia, director titular y miembros del colectivo debería estar muy equilibrado, con mecanismos que no permitan a ninguna de las partes utilizar de manera inadecuada su poder.
En ocasiones hemos visto directores que se comportaban como si estuvieran por encima de la legislación laboral ó colectivos de músicos que pretendían decidir has ta los “tempi” de las interpretaciones ó gerentes que dirigían los recursos humanos de una orquesta como si fuera el de un matadero municipal.En honor a la verdad, hay que decir, que esto cada vez es más residual y los gerentes son profesionales de la gestión cultural, los directores titulares respetan la legislación laboral y los músicos de orquesta entienden que forman parte del instrumento del director y que el director decide la interpretación, les guste más o menos la versión que éste propone.
Al final el bien común es la suma del bien individual de los miembros del colectivo.
Acoso laboral y músicos – Acoso laboral y músicos – Acoso laboral y músicos